


Varias personas cercanas y buenos amigos/as, van a juntarse durante unos días para crear un «decálogo de prácticas culturales de código abierto». Me pidieron si podía ofrecer una «palabra clave» a modo de aportación para las sesiones intensivas en las que quieren acabar elaborando un libro/manual. Como ya han estado reuniendo muy buenas ideas, he intentado pensar algo con un poco de enjundia. Mi aportación es «jurisprudencia», entendiéndola como la fusión entre las tecnologías (protocolos, prototipos, licencias, decálogos) y las comunidades que las accionan. Por lo general, quienes de diferentes maneras participamos en movimientos para la cultura libre, centramos la mirada en la producción de «modos de hacer» o protocolos y usamos licencias o manuales que nos sirven como hoja de ruta para producir contenidos, dando la posiblidad que otros/as los reproduzcan libremente o hagan obras derivadas. Pero ¿Tenemos ya suficientes teconologías? ¿No hará falta más potencia de acción, es decir, más comunidades? ¿Crean las tecnologías comunidades? ¿Pueden las tecnologías por sí mismas generar transformaciones (legales, culturales, políticas) sin comunidades?. Son dudas no resueltas, pero como ellos le dedicarán más tiempo, he intentado exponerlas sintéticamente por si sirve de algo. A continuación, incluyo la definición que he enviado a #10penkult explicando por dos vías la misma cosa:
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